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Localidad: Cartagena, Colombia

Teléfono: +57 315 8405894



Dirección: Centro, Cl 35 N 8B 05, Avenida Venezuela, Edificio Citibank, Piso 7, Oficina 7A Cartagena, Bolivar, Colombia

Sitio web: www.gtgabogados.co/

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Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 11.10.2021

GISELLA TABORDA GUZMÁN ABOGADOS SAS.- Servicios Jurídicos con Eficiencia y Calidad.-

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 11.10.2021

GISELLA TABORDA GUZMÁN ABOGADOS SAS.- Servicios Jurídicos con Eficiencia y Calidad.-

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 08.10.2021

Identifique cuándo puede suspenderse el pago de las incapacidades laborales. Un fallo de tutela proferido por la Corte Constitucional recordó que, por regla general, cuando un trabajador presenta pérdida de capacidad laboral (PCL) inferior al 50 % debe ser reincorporado al cargo que venía desempeñando o, de no ser posible, a otra actividad que no sea incompatible con su situación de discapacidad, siempre que los dictámenes médicos determinen que es apto para ello. No obstante...Continue reading

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 08.10.2021

1. ¿USTED TIENE MAS DE 25 AÑOS DE TRABAJO Y COLPENSIONES, LA UGPP O UN FONDO PRIVADO NEGARON SU PENSIÓN SIN JUSTA CAUSA? 2. ¿SEÑOR FUNCIONARIO PÚBLICO (INCLUIDOS DOCENTES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS) USTED SOLICITO EL PAGO DE SUS CESANTÍAS PARCIALES O DEFINITIVAS Y LA ENTIDAD TARDO MAS DE 70 DÍAS EN CANCELARSELAS? 3. ¿USTED TIENE MAS DEL 50% DE PERDIDA DE CAPACIDAD LABORAL Y NEGARON SU PENSIÓN DE INVALIDEZ POR FALTA DE SEMANAS COTIZADAS? ... LLAMENOS AL (5) 6640213 EN LA CIUDAD DE CARTAGENA Y AL CELULAR 315-8405894 - LA CONSULTA ES TOTALMENTE GRATUITA.-

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 08.10.2021

Cambio de trabajador oficial a empleado público no permite continuar con beneficios de la convención colectiva. Los empleados públicos no pueden beneficiarse de las convenciones colectivas de trabajo. Los derechos y garantías allí consagrados para los trabajadores oficiales no son extensivos, aun en el evento en que los empleados públicos estén afiliados al sindicato con el respectivo aporte económico. Así lo precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública en un...a consulta relacionada con una solicitud de prima de antigüedad prevista en una convención colectiva, la cual fue negada debido a que la naturaleza jurídica del cargo de la solicitante, en virtud de un análisis jurídico, cambió de trabajadora oficial a empleada pública. La entidad recordó que los empleados públicos están vinculados mediante una relación legal y reglamentaria que se formaliza a través de acto de nombramiento y la correspondiente posesión en el cargo. Los requisitos, funciones, jornada laboral, remuneración y prestaciones, situaciones administrativas, evaluación de desempeño, bienestar, estímulos, capacitación, causales de retiro y responsabilidad disciplinaria están determinados en el manual de funciones o en la ley. El régimen que aplica a estos empleados es de derecho público y las controversias de carácter laboral están sometidas a la jurisdicción contencioso administrativa. En este caso, indicó, se debe dar por terminado el contrato de trabajo que estaba vigente, pagar la correspondiente indemnización de acuerdo con el contrato, convención colectiva, pacto colectivo, laudo arbitral o reglamento interno, según corresponda, y efectuar el nombramiento ordinario, con su respectiva acta de posesión. DAFP, Concepto 72811, Mar. 8/18

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 07.10.2021

Identifique cuándo puede suspenderse el pago de las incapacidades laborales. Un fallo de tutela proferido por la Corte Constitucional recordó que, por regla general, cuando un trabajador presenta pérdida de capacidad laboral (PCL) inferior al 50 % debe ser reincorporado al cargo que venía desempeñando o, de no ser posible, a otra actividad que no sea incompatible con su situación de discapacidad, siempre que los dictámenes médicos determinen que es apto para ello. No obstante...Continue reading

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 04.10.2021

Afiliados podrán cambiar de EPS a través de internet. Desde el 15 de marzo de 2018, los afiliados al sistema de salud podrán, a través de internet, hacer el traslado o cambio de entidad promotora de salud (EPS), por medio del portal www.miseguridadsocial.gov.co. En ese mismo sitio web, desde mayo, los empleadores podrán hacer su registro como aportantes. Para ambos trámites continuará habilitada la opción tradicional.... ¿Cómo funciona? Para hacer uso de este servicio, los interesados deberán estar registrados, mediante la creación de un usuario y la asignación de una clave. (Lea: Este es el decreto único del sector Salud y Protección Social) En la actualidad, los trámites relacionados con el traslado o cambio de EPS deben realizarse a través de un formulario físico, adjuntando los documentos soporte de la respectiva novedad, directamente en las oficinas de esas entidades. Con la entrada en operación de este servicio dichos trámites se podrán adelantar en línea, sin requerir el diligenciamiento del formulario ni su presentación. Cuando las personas no puedan acceder a la plataforma para realizar los trámites, lo podrán hacer con el diligenciamiento del formulario físico, sin que bajo ninguna circunstancia se pueda afectar el acceso a los servicios de salud. Los interesados en cambiarse de EPS, a través de internet o con los formularios físicos, deberán cumplir una de las siguientes condiciones: estar afiliado durante 360 días a su EPS, para hacer unificación familiar o cuando su entidad ya no preste servicio en su lugar de residencia. Regulación del tema Es de recordar que con la Resolución 0768 del 2018, el Ministerio de Salud fijó las condiciones generales para la operación del sistema de afiliación transaccional (SAT) y las reglas que deben cumplir quienes intervengan en el proceso, el reporte de novedades y la información relevante para la operación. El ministerio dispondrá en el portal web miseguridadsocial.gov.co las funcionalidades para que los usuarios puedan registrarse y autenticarse, realizar las transacciones de afiliación, reportar novedades, registrarse con el Rol Empleador y consultar sobre la condición de afiliación en el SGSSS. Las transacciones de afiliación y reporte de novedades se podrán realizar desde las 04:00 horas a las 24:00 horas, los 365 días del año. Minsalud, Mar. 14/18

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 04.10.2021

Afiliados podrán cambiar de EPS a través de internet. Desde el 15 de marzo de 2018, los afiliados al sistema de salud podrán, a través de internet, hacer el traslado o cambio de entidad promotora de salud (EPS), por medio del portal www.miseguridadsocial.gov.co. En ese mismo sitio web, desde mayo, los empleadores podrán hacer su registro como aportantes. Para ambos trámites continuará habilitada la opción tradicional.... ¿Cómo funciona? Para hacer uso de este servicio, los interesados deberán estar registrados, mediante la creación de un usuario y la asignación de una clave. (Lea: Este es el decreto único del sector Salud y Protección Social) En la actualidad, los trámites relacionados con el traslado o cambio de EPS deben realizarse a través de un formulario físico, adjuntando los documentos soporte de la respectiva novedad, directamente en las oficinas de esas entidades. Con la entrada en operación de este servicio dichos trámites se podrán adelantar en línea, sin requerir el diligenciamiento del formulario ni su presentación. Cuando las personas no puedan acceder a la plataforma para realizar los trámites, lo podrán hacer con el diligenciamiento del formulario físico, sin que bajo ninguna circunstancia se pueda afectar el acceso a los servicios de salud. Los interesados en cambiarse de EPS, a través de internet o con los formularios físicos, deberán cumplir una de las siguientes condiciones: estar afiliado durante 360 días a su EPS, para hacer unificación familiar o cuando su entidad ya no preste servicio en su lugar de residencia. Regulación del tema Es de recordar que con la Resolución 0768 del 2018, el Ministerio de Salud fijó las condiciones generales para la operación del sistema de afiliación transaccional (SAT) y las reglas que deben cumplir quienes intervengan en el proceso, el reporte de novedades y la información relevante para la operación. El ministerio dispondrá en el portal web miseguridadsocial.gov.co las funcionalidades para que los usuarios puedan registrarse y autenticarse, realizar las transacciones de afiliación, reportar novedades, registrarse con el Rol Empleador y consultar sobre la condición de afiliación en el SGSSS. Las transacciones de afiliación y reporte de novedades se podrán realizar desde las 04:00 horas a las 24:00 horas, los 365 días del año. Minsalud, Mar. 14/18

Gisella Taborda Guzman Abogados S.A.S 02.10.2021

Cambio de trabajador oficial a empleado público no permite continuar con beneficios de la convención colectiva. Los empleados públicos no pueden beneficiarse de las convenciones colectivas de trabajo. Los derechos y garantías allí consagrados para los trabajadores oficiales no son extensivos, aun en el evento en que los empleados públicos estén afiliados al sindicato con el respectivo aporte económico. Así lo precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública en un...a consulta relacionada con una solicitud de prima de antigüedad prevista en una convención colectiva, la cual fue negada debido a que la naturaleza jurídica del cargo de la solicitante, en virtud de un análisis jurídico, cambió de trabajadora oficial a empleada pública. La entidad recordó que los empleados públicos están vinculados mediante una relación legal y reglamentaria que se formaliza a través de acto de nombramiento y la correspondiente posesión en el cargo. Los requisitos, funciones, jornada laboral, remuneración y prestaciones, situaciones administrativas, evaluación de desempeño, bienestar, estímulos, capacitación, causales de retiro y responsabilidad disciplinaria están determinados en el manual de funciones o en la ley. El régimen que aplica a estos empleados es de derecho público y las controversias de carácter laboral están sometidas a la jurisdicción contencioso administrativa. En este caso, indicó, se debe dar por terminado el contrato de trabajo que estaba vigente, pagar la correspondiente indemnización de acuerdo con el contrato, convención colectiva, pacto colectivo, laudo arbitral o reglamento interno, según corresponda, y efectuar el nombramiento ordinario, con su respectiva acta de posesión. DAFP, Concepto 72811, Mar. 8/18