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Asesor Legal 12.10.2021

La sociedad conyugal tal como está concebida originalmente en el Código Civil colombiano, surge con la celebración del matrimonio, ya sea canónico, civil o a través de alguna de las comunidades religiosas autorizadas por el Gobierno Nacional. La sociedad conyugal surge por el hecho del matrimonio (C.C., art. 180). Si los esposos no otorgan capitulaciones matrimoniales, por ministerio de la ley y por el solo hecho del matrimonio, se forma entre ellos la sociedad conyugal. Como... en Colombia predomina el matrimonio católico, es pertinente recordar que conforme con la Carta Política de 1991, la Ley 25 de 1992 y la Sentencia C-456 de 1993 de la Corte Constitucional (1) , cualquier colombiano puede contraer matrimonio civil libremente por sí o por apoderado, así como religioso con efectos civiles en los términos establecidos por la ley. Los efectos civiles de todo matrimonio cesan por divorcio. Se reconocen efectos civiles al matrimonio católico por disposición del concordato con la Santa Sede (2) aún vigente. See more

Asesor Legal 29.09.2021

¿Por qué el Estado debe indemnizar a sus víctimas? El artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado colombiano deberá responder patrimonialmente por los daños causados como consecuencia de la acción u omisión de las autoridades públicas. Se trata de una obligación constitucional en cabeza del Estado que ha sido ratificada, en numerosos casos, por parte del Consejo de Estado, máxima autoridad judicial en lo contencioso administrativo. Si una víctima puede acr...editar que los perjuicios que sufrió se debieron a una omisión u acción del Estado, puede solicitar el pago de una indemnización de perjuicios. ¿Cómo sé si mi caso es viable? Antes de iniciar trámites legales, es importante asegurarse de que existe viabilidad de una demanda contra el Estado. Es fundamental que las víctimas consigan que un abogado pueda revisar su caso, pues, de esta forma, este podrá determinar si es factible obtener una indemnización de perjuicios. El abogado deberá revisar las pruebas disponibles, los documentos que deben conseguirse, la posición de la jurisprudencia, es decir, las decisiones de los jueces, sobre casos similares al suyo y verificar si todavía se encuentra en el lapso previsto por la ley para la presentación de la demanda.

Asesor Legal 13.09.2021

La Corte Constitucional ha considerado que además del respeto de todas las garantías constitucionales del derecho al debido proceso, el trámite de los procesos administrativos de desalojo de ocupantes de bienes inmuebles asentados de manera irregular debe articularse con la protección del derecho a la vivienda digna y en obediencia de los artículos 13 y 51 de la Carta Política y de los tratados internacionales sobre la materia. Así, la Corte precisó que existe la necesidad ...de adoptar políticas sociales para evitar los asentamientos humanos irregulares, en atención a la obligación que tiene el Estado de promover programas de habitación, especialmente dirigidos a la población vulnerable, que se ajusten a los contenidos básicos del derecho a la vivienda digna. (Lea: Si desalojo atenta contra interés general, es posible sacrificar propiedad privada) En caso que se pretendan recuperar bienes inmuebles, las autoridades deben implementar las medidas adecuadas para la protección de los derechos fundamentales de los afectados y, por consiguiente, se deben cumplir con los siguientes aspectos: Garantizar el debido proceso Consultar previamente a la comunidad afectada. Notificar de la decisión de desalojo en un plazo suficiente. Suministrar a los interesados, en un plazo razonable, información relativa a los desalojos previstos y a los fines que se destinarán las tierras o las viviendas. Estar presentes durante la diligencia. Identificar a todas las personas que efectúen el desalojo. No efectuar desalojos cuando haya mal tiempo o de noche, salvo que las personas afectadas den su consentimiento. Ofrecer recursos jurídicos efectivos a los afectados. Ofrecer asistencia jurídica a la comunidad para solicitar la garantía de sus derechos y, si es del caso, la reparación de los daños que les sean causados. De esta manera, cuando el grupo poblacional afectado no disponga de recursos propios para proveerse una solución de vivienda digna, las autoridades deben adoptar las medidas pertinentes de acuerdo con sus posibilidades, para que se proporcione otra vivienda, reasentamiento o acceso a otras tierras productivas, según proceda.

Asesor Legal 29.08.2021

La violencia intrafamiliar (llamada también violencia doméstica) es la ejercida entre los miembros de una misma familia, produciendo algún tipo de daño físico o psíquico en la víctima. Se refiere al ejercicio de la violencia en el seno de una familia. Generalmente por vergüenza o temor esta situación no es denunciada ante las autoridades competentes. Existen varias formas de violencia intrafamiliar, las cuales buscan minimizar, aislar, intimidar, acosar, amenazar o incluso, a...busar física y emocionalmente de uno o de varios miembros de la familia. La forma de violencia ejercida suele desarrollarse dependiendo hacia quién está destinada y quién es la está empleando. Además puede ampliarse de diferentes maneras, según el tipo de abuso que se ejerza. Violencia física: Es cuando el agresor utiliza el miedo y la agresión, para así paralizar a su víctima, generando daño corporal con golpes u objetos, por ejemplo con armas. Por lo general este tipo de violencia es infringida por los padres de familia, aunque también suceden casos donde las madres golpean a sus hijos y hasta a sus esposos. Es importante destacar que el maltrato físico está íntegramente ligado al maltrato emocional. Violencia emocional: Es aquella cuyo objetivo principal es lastimar y herir las emociones de una persona, por medio de humillaciones, amenazas e insultos. Esta situación causa perturbación en el seno familiar, y deriva en un decaimiento de la autoestima tanto en la víctima de este tipo de maltrato como en quienes suelen presenciarla. Violencia sexual: Se refiere al hecho de tener cualquier tipo de contacto sexual de manera obligada con otra persona. El agresor suele agraviar, ofender y dominar a la víctima, exhibiéndose ante ella con una violencia provocadora y a la vez ofensiva.

Asesor Legal 08.08.2021

Se debe buscar las mejores soluciones para proteger el empleo en Colombia. Es vital preservar los derechos de los trabajadores y a las empresas que generan empleo. Las solicitudes de empleadores para suspensiones de contratos o despidos colectivos que lleguen a las Direcciones Territoriales del país y oficinas Especiales, serán remitidas a la Unidad de Investigaciones Especiales de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) del Ministerio del Trabajo en Bogotá, ...quien será la única autorizada para estudiar peticiones. De acuerdo con lo dispuesto en la Circular Externa No. 022 del 19 de marzo, se ejercerá estricta vigilancia y control a las solicitudes que los empleadores presenten respecto de suspensiones de contratos y despidos colectivos, para lo cual el Ministerio expidió la Resolución 0803, esto, ante el impacto a la economía y al tejido social del país, en medio de la coyuntura de emergencia social para contener la propagación del COVID-19.